América Juárez Navarro
Morelia, Michoacán.— Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán declaró inexistente la violencia política contra las mujeres en razón de género atribuida a Baltazar Gaona García contra Grecia Quiroz y revocó las medidas cautelares decretadas. Al resolver el procedimiento especial sancionador 17 de 2026, el Pleno determinó que las expresiones analizadas no acreditaron una afectación a los derechos político-electorales de la denunciante.
Durante la sesión pública de este jueves 1 de octubre, la secretaria instructora y proyectista María Fernanda Mendoza Méndez presentó el proyecto de la ponencia del magistrado Adrián Hernández Pinedo. Explicó que la inviolabilidad parlamentaria únicamente amparaba las manifestaciones realizadas en la rueda de prensa del 24 de junio; las expresiones del 10, 15 y 17 de junio, además de un reel cuya fecha no pudo determinarse, fueron analizadas para establecer si constituían violencia política de género.
La cuenta del proyecto señaló que parte de las declaraciones se dirigía al movimiento político de la denunciante. “Lo anterior, puesto que se trata de señalamientos con significado neutral, que en su literalidad no implican insultos o descalificaciones. Aunado a ello, del contexto en el que fueron realizadas varias manifestaciones se advierte que están dirigidas al movimiento político que integra a la denunciante y no directamente en contra de su persona”.
Respecto de las expresiones dirigidas a Quiroz, se explicó que no estaban relacionadas con su condición de mujer ni se acreditó que limitaran sus funciones. “En consecuencia, no se logra acreditar un efecto concreto que haya afectado el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos político-electorales. Y si bien las manifestaciones realizadas le pueden generar cierta incomodidad o molestia, se considera que no constituyen algún tipo de violencia, sino que fueron emitidas como una crítica severa dentro del desarrollo del debate público”.
El proyecto fue aprobado sin intervenciones de las magistraturas durante su discusión. Además de declarar inexistente la violencia política de género atribuida al diputado presidente de la Mesa Directiva del Congreso y revocar las medidas cautelares, el Tribunal ordenó dar vista al resto de las personas integrantes de ese órgano legislativo para los efectos precisados en la sentencia, así como elaborar la versión pública de la resolución.















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